ANMAT informa: novedades (14-15 de mayo 2026)

por | 15 mayo, 2026

Fuente: ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica)

La responsabilidad de las noticias o de los comunicados es de la fuente citada y no reflejan la opinión del CIME-FCQ-UNC.

Actualización del sistema de identificación digital en envases de especialidades medicinales | 15 de mayo de 2026.
La nueva normativa establece que se deben incorporar QR en los envases secundarios de todas las especialidades medicinales.

ANMAT informa que, a partir de la Disposición 2891/2026se actualiza el marco regulatorio para la incorporación de códigos bidimensionales en los envases de especialidades medicinales, permitiendo el acceso digital al prospecto para el profesional de la salud y a la información para el paciente.
La norma establece la obligatoriedad de incluir códigos bidimensionales en los envases secundarios de todas las especialidades medicinales, independientemente de su origen, ampliando el alcance de la regulación vigente. En este sentido, se incorpora la posibilidad de utilizar, además de códigos Quick Response (QR), otras tecnologías como Data Matrix, permitiendo a aquellos laboratorios que ya disponen de esta herramienta su implementación de manera uniforme a nivel global.
La medida permite que el código bidimensional pueda coexistir con la información para el paciente en formato papel, si el titular del laboratorio elige esa opción.
A su vez, el uso de estas tecnologías habilita la incorporación de información de manera más ágil y en un formato más amigable, en lenguaje claro o audio, a la vez que brinda la posibilidad de agregar información especifica para el profesional, facilitando de esta manera el acceso a la información actualizada en tiempo real, y una mejor fiscalización por parte de ANMAT.
Asimismo, se fija un plazo de seis meses para la generación de la totalidad de los códigos, debiendo los titulares de registro contar con todos los códigos QR o Data Matrix emitidos dentro de dicho período. De manera complementaria, se prevé un cronograma de implementación física progresiva que contemple el agotamiento del stock existente.
En virtud de la entrada en vigencia de esta nueva Disposición, se deja sin efecto la Disposición N° 3294/2025, la cual queda reemplazada de manera integral por el presente marco normativo.
Esta actualización se enmarca en el proceso de modernización regulatoria impulsado por ANMAT, orientado a facilitar el acceso a información confiable y actualizada en tiempo real, promover el uso de herramientas digitales y acompañar los estándares internacionales en materia de identificación y trazabilidad de medicamentos.
Acceda a la noticia en el sitio oficial https://www.argentina.gob.ar/noticias/actualizacion-del-sistema-de-identificacion-digital-en-envases-de-especialidades

ANMAT incorpora nueva Resolución del Grupo Mercado Común para adecuar normativa a los nuevos estándares del Mercosur | 14 de mayo de 2026.
La medida aplica para psicotrópicos y estupefacientes.

ANMAT informa que, mediante la Disposición 2819/26, se incorpora al ordenamiento jurídico nacional la RES. GMC Nº 26/25 “Reglamento Técnico MERCOSUR sobre documentos comunes necesarios para la importación y exportación de estupefacientes y sustancias psicotrópicas (Derogación de las Resoluciones GMC N° 23/00, 24/00 y 29/02)”.
Esta medida implica también la derogación de las Disposiciones ANMAT Nº 2308/02, 2336/02 y 3475/05.
La medida entrará en vigencia simultáneamente en los Estados Partes, 30 días después de la fecha de la comunicación efectuada por la Secretaría del Mercosur informando que todos los Estados han incorporado la norma a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos.
Acceda a la noticia en el sitio oficial https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-incorpora-nueva-resolucion-del-grupo-mercado-comun-para-adecuar-normativa-los-nuevos

ANMAT no intervendrá en los trámites de solicitud de Autorización de Importación/ Exportación de productos con SOMATROPINA | 14 de mayo de 2026.
La medida se tomó con el objetivo de adecuarse a la normativa internacional.

ANMAT informa que, a partir de la Disposición Nº 2848/26, se establece que esta Administración Nacional no intervendrá en los trámites de solicitud de Autorización de Importación/ Exportación de productos con SOMATROPINA.
La medida, que implica la eliminación de la sustancia SOMATROPINA del listado del Anexo de la Disposición N°13831/16, fue el resultado de la revisión y actualización periódica de las sustancias sujetas a control especial, y tiene como objetivo estar en concordancia con la normativa internacional, la cual la mantiene como sustancia no controlada.
Acceda a la noticia en el sitio oficial https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-no-intervendra-en-los-tramites-de-solicitud-de-autorizacion-de-importacion