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Salud envía ampollas de niservimab a las jurisdicciones para proteger a niños prematuros y con cardiopatías congénitas | 30 de abril de 2026.
La cartera sanitaria nacional reemplazó el uso de palivizumab para prevenir cuadros graves por Virus Sincicial Respiratorio (VSR) en los niños nacidos antes de término o que presentan cardiopatías congénitas. Al ser un anticuerpo monoclonal de acción prolongada, el niservimab ha demostrado mayor eficacia preventiva y un esquema de dosis más eficiente que facilita la inmunización.
El Ministerio de Salud de la Nación inició la distribución del anticuerpo monoclonal de acción prolongada, nirsevimab, a todas las jurisdicciones del país. Este insumo fue incorporado este año a la Campaña de Invierno, en reemplazo del palivizumab, a fin de reducir la morbimortalidad asociada al Virus Sincicial Respiratorio (VSR) en bebés prematuros y niños con cardiopatías congénitas y mejorar la eficiencia de la estrategia de inmunización.
La población objetivo incluye a los prematuros con edad gestacional menor o igual a 32 semanas o con peso de nacimiento menor de 1.500 gramos que tengan 6 meses o menos al inicio de la temporada, y a los prematuros con edad gestacional menor a 29 semanas y peso de nacimiento menor de 1.000 gramos, que tengan un año o menos al inicio de la temporada. También comprende a los de hasta 1 año con cardiopatías congénitas asociadas a hiperflujo pulmonar, y a aquellos que requieran oxígeno domiciliario, independientemente de la edad gestacional y del peso de nacimiento.
Es importante tener en cuenta que la distribución, coordinada por la cartera sanitaria nacional, se realiza de manera personalizada y en dos etapas, una a finales de abril y otra durante el mes de junio. La primera busca garantizar que las jurisdicciones cuenten con las dosis necesarias para inmunizar a los niños nacidos prematuros, cuyas madres no llegaron a aplicarse la vacuna contra el VSR. La segunda entrega, por su parte, tiene como objetivo garantizar la disponibilidad de este insumo para aquellos bebés aún no identificados por las jurisdicciones que también precisarán recibir este anticuerpo.
El cambio de anticuerpo representa un avance para la prevención de la enfermedad grave causada por el VSR. No sólo porque el niservimab ha demostrado mayor seguridad y eficacia preventiva sino porque, desde el punto de vista operativo, la nueva estrategia simplifica el esquema de administración y logística. El niservimab contempla una única dosis que puede aplicarse entre mayo y agosto, mientras que el palivizumab requiere múltiples aplicaciones mensuales durante la temporada de mayor circulación viral. Esto favorece la adherencia al tratamiento y facilita el acceso a la protección durante la temporada invernal. Además, la aplicación de una única dosis permite optimizar la distribución, el control de stock y la trazabilidad de los insumos en todo el territorio nacional.
La incorporación de nirsevimab complementa la estrategia de vacunación contra el VSR en embarazadas, incorporada al Calendario Nacional de Vacunación en 2024. Su aplicación permite la transferencia de anticuerpos al bebé durante el embarazo, generando una protección efectiva frente a la bronquiolitis y la neumonía, dos de las principales causas de internación en menores de un año. Entre el 1 de enero y el 15 de abril de este año se registraron 82.823 aplicaciones de la vacuna contra VSR, lo que representa una cobertura del 31,6% a nivel nacional hasta el momento.
El VSR es la principal causa de infecciones respiratorias agudas bajas en menores de un año y una de las principales causas de mortalidad infantil a nivel mundial. La distribución del niservimab, representa un nuevo paso en las estrategias de prevención de infecciones respiratorias bajas en la población infantil, a través de la compra y distribución de insumos estratégicos y el acompañamiento a las jurisdicciones con el objetivo de mejorar la respuesta del sistema sanitario y reducir las complicaciones asociadas a las enfermedades respiratorias graves.
Acceda a la noticia en el sitio oficial https://www.argentina.gob.ar/noticias/salud-envia-ampollas-de-niservimab-las-jurisdicciones-para-proteger-ninos-prematuros-y-con

ANMAT prohíbe el producto “Lipoless 2,5 mg/ Tirzepatida 2,5 mg/0,6 ml” | 29 de abril de 2026.
Se trata de un medicamento sin registro sanitario, comercializado de manera ilegal a través de plataformas digitales.
ANMAT informa que, mediante la Disposición 2369/26, se prohíbe el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones del producto identificado como “Lipoless 2,5 mg/ Tirzepatida 2,5 mg/0,6 ml”, hasta tanto cuente con las habilitaciones sanitarias correspondientes.
La medida se tomó luego de tareas de fiscalización y monitoreo en las que se detectó la oferta del producto a través de plataformas de venta en línea y se confirmó que el mismo no se encuentra inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales de esta Administración Nacional.
Asimismo, se constató que en el país existen medicamentos registrados cuyo ingrediente farmacéutico activo es la tirzepatida, cuya condición de venta es bajo receta médica, utilizado para tratamientos de diabetes y control de peso, por lo que su comercialización se encuentra exclusivamente autorizada en farmacias habilitadas.
En este sentido, el producto mencionado no puede ser ofrecido ni utilizado en las condiciones detectadas, ya que se trata de un medicamento sin registro, cuyo uso debe estar indicado por un profesional de la salud.
Por otra parte, se desconoce su legítima procedencia, por lo que no es posible garantizar su calidad, seguridad y eficacia, representando un potencial riesgo para la salud de quienes lo utilicen.
Por lo expuesto, y a fin de proteger a la población, se dispuso la prohibición del uso y comercialización del producto mencionado.
Acceda al alerta en el sitio oficial https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-prohibe-el-producto-lipoless-25-mg-tirzepatida-25-mg06-ml

ANMAT prohíbe la comercialización de un producto de toxina botulínica sin registro sanitario | 29 de abril de 2026.
Se trata de un producto ofrecido a través de redes sociales que no cuenta con autorización y cuya procedencia se desconoce.
ANMAT informa que, a través de la Disposición 2325/2026, se prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones del producto identificado como:
> Toxina botulínica “ISRADERM”
La medida fue adoptada tras detectarse la oferta y comercialización del producto a través de la red social Instagram, donde se verificó que el mismo no se encuentra inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales de esta Administración Nacional.
En este sentido, el producto mencionado no sólo carece de registro, sino que además se desconoce su origen y condiciones de elaboración, por lo que no es posible garantizar su calidad, seguridad y eficacia.
En consecuencia, ANMAT dispuso la prohibición de su uso y comercialización a fin de proteger la salud de la población, dado que su utilización representa un potencial riesgo para los pacientes.
Acceda al alerta en el sitio oficial https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-prohibe-la-comercializacion-de-un-producto-de-toxina-botulinica-sin-registro
