Alertas de la ANMAT (02/03/2026)

por | 2 marzo, 2026

Fuente: ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica)

La responsabilidad de las noticias o de los comunicados es de la fuente citada y no reflejan la opinión del CIME-FCQ-UNC.

ANMAT dispuso la baja de habilitación de la firma DROGUERÍA INTEGRAL S.R.L. | 02 de marzo de 2026.El establecimiento no contaba con dirección técnica e incumplía en las Buenas Prácticas de Distribución de medicamentos.

ANMAT informa que, mediante la Disposición Nº 897/26, se dispuso la baja de habilitación de la firma DROGUERÍA INTEGRAL S.R.L. con domicilio en la calle Urquiza N° 3152/56 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, cancelándose el Legajo N° 124.
La medida fue tomada luego de una inspección llevada a cabo por esta Administración Nacional en el marco del registro de inscripción de establecimientos. En este contexto se verificó que la firma no cuenta con dirección técnica y que la constancia de Cumplimiento de Buenas prácticas de Distribución de medicamentos se encontraba vencida.
En consecuencia, ANMAT resolvió dar de baja la habilitación del establecimiento, con el objetivo de proteger la salud de la población y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de tránsito interjurisdiccional y distribución de medicamentos.
Acceda al alerta en el sitio oficial https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-dispuso-la-baja-de-habilitacion-de-la-firma-drogueria-integral-srl

ANMAT dispuso la baja de habilitación de NPG Laboratories de Nexo Pharmaceutical Groups S.A. | 02 de marzo de 2026.
La firma se encontraba en estado de quiebra.

ANMAT informa que, mediante la Disposición 895/2026, se dispuso la baja de habilitación de la firma NPG Laboratories de Nexo Pharmaceutical Group S.A., ubicada en la provincia de Buenos Aires y la cancelación del Legajo N°7302.
La empresa se encontraba habilitada como laboratorio de especialidades medicinales, importadora y exportadora, y para realizar tareas de encapsulado y acondicionamiento de determinadas formas farmacéuticas. En el marco del control sistemático del Registro de Inscripción de Establecimientos, se constató que la firma se encuentra en estado de quiebra.
Asimismo, se verificó que actualmente no posee certificados vigentes inscriptos a su nombre en el Registro de Especialidades Medicinales (REM), debido a que los mismos fueron oportunamente subastados en sede judicial y transferidos a otras firmas.
La medida fue adoptada con el objetivo de proteger la salud de la población, asegurando que los establecimientos que operan en el país cumplan con las condiciones legales y técnicas exigidas para garantizar la seguridad, calidad y eficacia de los productos regulados por esta Administración Nacional.
Acceda al alerta en el sitio oficial https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-dispuso-la-baja-de-habilitacion-de-npg-laboratories-de-nexo-pharmaceutical-groups-sa

ANMAT prohibió el producto Solución Ringer Lactato Rigecin de la firma RIGECIN LABS S.A. | 02 de marzo de 2026.
La medida se debe a desvíos de calidad y aplica para todos los lotes.

ANMAT informa que, a través de la Disposición 885/2026, se prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes del producto:
> “SOLUCION RINGER LACTATO RIGECIN / CLORURO DE POTASIO 40 mg/100 ml + CLORURO SODICO 600 mg/100 ml + CLORURO DE CALCIO 30.2 mg/100 ml + LACTATO DE SODIO 300 mg/100 ml”; en la forma farmacéutica de solución inyectable (IV), presentación de 12 envase por 500 ml, Certificado N° 39.083, titularidad de la firma RIGECIN LABS S.A. (CUIT N° 30-62514950-5).
Se trata de una solución que se utiliza para reposición hidroelectrolítica en estados de deshidratación con pérdidas de electrolitos o en intervenciones quirúrgicas, reposición del volumen plasmático en estados de shock hipovolémico o hipotensión, utilización en estados de acidosis metabólica leve o moderada y como vehículo para administración de medicamentos compatibles.
La medida fue tomada luego de una serie de notificaciones recibidas por esta Administración Nacional sobre presuntos desvíos de calidad relacionados con el producto. Las mismas fueron gestionadas por el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME), donde se categorizaron los incidentes reportados con nivel “crítico” y prioridad de tratamiento “alta”.
En consecuencia, con el objetivo de proteger la salud de la población, ANMAT dispuso la prohibición del producto mencionado y ordenó a la firma RIGECIN LABS S.A. el recupero del mercado de todos los lotes.
Acceda al alerta en el sitio oficial https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-prohibio-el-producto-solucion-ringer-lactato-rigecin-de-la-firma-rigecin-labs-sa

ANMAT suspendió el certificado para efectuar tránsito interjurisdiccional de la firma QUÍMICA CÓRDOBA S.A. | 02 de marzo de 2026.
La empresa no podrá realizar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales por incumplimiento de Buenas Prácticas.

ANMAT informa que, a través de la Disposición Nº 874/2026, se ordenó suspender preventivamente el Certificado para efectuar Tránsito Interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales de la firma QUIMICA CORDOBA S.A. (CUIT 33-57611332-9), con domicilio en la calle Emilio Lamarca N° 1257 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La medida fue tomada luego de una inspección llevada a cabo por esta Administración Nacional con el objetivo de renovar la autorización de funcionamiento de establecimiento para realizar distribución de productos de acuerdo a lo establecido por la Disposición N° 7038/15.
Durante la misma se detectaron deficiencias de cumplimiento de las Buenas Prácticas incorporadas por Disposición Nº 2069/18, tales como la falta de un sistema de climatización en uno de los depósitos, áreas de carga y descarga obstruidas, humedad y desprendimientos de pintura, falta de validación para los envíos de cadena de frío e interrupción de corriente eléctrica, entre muchos otros.
Como resultado de una revisión más profunda de registros y habilitaciones, ANMAT resolvió suspender el certificado de la firma para realizar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales, instruyendo también un sumario sanitario tanto para la firma como para su directora técnica, a fin de proteger la salud pública y garantizando que solo se encuentren habilitados establecimientos que cumplan con los requisitos técnicos, profesionales y regulatorios establecidos por la normativa vigente.
Acceda al alerta en el sitio oficial https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-suspendio-el-certificado-para-efectuar-transito-interjurisdiccional-de-la-firma