Noticias de la ANMAT (18 y 21 de agosto 2026)

By | agosto 24, 2026

Fuente: ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica)

La responsabilidad de las noticias o de los comunicados es de la fuente citada y no reflejan la opinión del CIME-FCQ-UNC.

ANMAT alerta sobre productos ilegítimos de alto riesgo sanitario que contienen RETATRUTIDE | 21 de agosto de 2026.
Se trata de una sustancia inyectable que no está aprobada aún y al desconocer su origen representa un alto riesgo para la salud.

ANMAT informa que se ha detectado la comercialización en la República Argentina por medio de distintas páginas web, en plataformas de venta online y por medio de la aplicación whatsapp de productos que declaran contener el ingrediente activo “Retatrutide”.
En la actualidad “Retatrutide” es una sustancia en etapa de investigación clínica administrada a pacientes que padecen diabetes tipo II y control inadecuado de la glucemia.
En las publicaciones donde se ofrece el producto se hace mención a su “potencialidad para el control de peso, regulación del consumo calórico y mejora de la función metabólica”, como también “Modula la saciedad, la sensibilidad a la insulina y el gasto energético”.
Sin embargo, aún no está probada su eficacia y seguridad, por lo que su uso resulta altamente peligroso para la salud. Corresponde sumar a ello que se desconocen datos de los presuntos fabricantes y como han sido elaborados y formulados los productos ofrecidos.
Estos productos se comercializan en presentación para reconstitución e inyección por lo que su elaboración requiere de rigurosos controles y seguimiento por parte de un profesional de la salud.
Los productos destinados a aplicarse por la vía de inyección poseen como factor de riesgo adicional la facilidad de diseminación de una infección al torrente sanguíneo en caso de encontrarse contaminado por la falta de controles en su elaboración, lo que podría llevar a la muerte.
Por lo expuesto, se recomienda enfáticamente a la población en general y profesionales no utilizar productos que no cuenten con la autorización de esta ANMAT.
En caso de contar con unidades de producto que declaren contener “retatrutide” de cualquier marca póngase en contacto con esta Administración Nacional a través del correo electrónico pesquisa@anmat.gob.ar o con ANMAT Responde.
Acceda al alerta en el sitio oficial https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-alerta-sobre-productos-ilegitimos-de-alto-riesgo-sanitario-que-contienen-retatrutide

ANMAT actualiza los criterios para la elaboración de Soluciones Parenterales de Gran Volumen | 18 de agosto de 2026.
La nueva disposición modifica la definición de “sistema cerrado” y establece criterios técnicos para la fabricación de estos productos.

ANMAT informa que, mediante la Disposición 5146/26, se establecen nuevos criterios para la elaboración de Soluciones Parenterales de Gran Volumen (SPGV), a través de la modificación de la Disposición ANMAT E 11857/2017.
Las SPGV son soluciones en base acuosa, estériles, apirogénicas, acondicionadas en recipiente único con capacidad de 100 ml o más, esterilizadas terminalmente. Están incluidas en esta definición las soluciones para administración endovenosa, soluciones para irrigación y soluciones para diálisis peritoneal. El término Parenteral de Gran Volumen no incluye ningún producto de origen biológico.
La nueva normativa detalla las medidas técnicas aplicables a un “sistema cerrado”, que continúa siendo obligatorio para la elaboración de SPGV. A partir de la modificación, se considera sistema cerrado al proceso en el cual la formación del envase primario, el llenado y el sellado se realizan evitando que el producto entre en contacto con el ambiente durante las etapas críticas de fabricación, manteniéndose hasta la esterilización terminal.
La medida fue tomada con el objetivo de implementar tecnologías de última generación que constituyen procesos integrados de fabricación, permitiendo la formación del envase primario, el llenado y el sellado dentro de un proceso continuo. Estas tecnologías permiten optimizar los procesos actuales, reduciendo la intervención humana y la exposición del producto al ambiente. De esta manera, se busca brindar mayor previsibilidad regulatoria y uniformidad en los criterios de evaluación, en línea con los estándares internacionales.
Cabe aclarar que no se consideran comprendidos dentro de la definición de sistema cerrado aquellos procesos en los que el envase primario se encuentre formado antes del llenado.
Para los titulares de certificados de inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales que actualmente emplean tecnologías diferentes de las contempladas en la nueva definición, la disposición prevé la posibilidad de solicitar la aprobación de un plan de adecuación. Dicho plan deberá contemplar las medidas necesarias para alcanzar las condiciones establecidas por la nueva normativa, de acuerdo con los plazos y condiciones que determine la autoridad sanitaria.
La disposición entrará en vigencia a los 180 días corridos contados desde su publicación en el Boletín Oficial.
Con esta actualización, ANMAT busca fortalecer las condiciones de fabricación de las Soluciones Parenterales de Gran Volumen y establecer criterios técnicos claros y uniformes para los sistemas utilizados en su elaboración.
Acceda a la noticia en el sitio oficial https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-actualiza-los-criterios-para-la-elaboracion-de-soluciones-parenterales-de-gran